La futura ley de regulación de la eutanasia recogerá que esta práctica, además de poder realizarse a los enfermos en situaciones de salud extremas que así lo demanden y cumplan los estrictos requisitos de la norma en cualquier centro sanitario español, sea público o privado, también se podrá practicar por los servicios médicos en el domicilio particular del paciente. Es una de las 20 enmiendas que presentaron de manera conjunta los dos socios en el Gobierno, PSOE y Unidos Podemos, y que en su mayoría quedaron incorporadas esta semana a la proposición de ley presentada en enero pasado por los socialistas, dentro del informe que aprobó la ponencia parlamentaria. Se trata del texto que dentro de unos días deberá debatir, enmendar y aprobar la Comisión de Justicia del Congreso, y que en semanas llegará al pleno en forma de dictamen de la ley, para su aprobación definitiva por la Cámara Baja y su paso al Senado. El informe de ponencia, que también incorporó enmiendas de otros grupos, fue respaldado por una muy amplia mayoría de los partidos del Congreso, con el único voto en contra de PP y Vox.
Otras de las enmiendas incorporadas al dictamen es la que acota aún más las situaciones de salud extrema en que debe encontrarse un paciente para que se estudie su petición de ayuda para terminar con su vida. El primero de los supuestos, la «enfermedad grave, crónica e invalidante», se sustituye por los términos «padecimiento, grave, crónico e imposibilitante» y añade a su descripción clínica que esa situación debe impedir al enfermo «valerse por sí mismo» en «las actividades de su vida diaria». En el segundo supuesto posible de eutanasia, el de «una enfermedad grave e incurable», las modificaciones introducidas quieren reflejar que la patología debe originarle al paciente sufrimientos físicos o psíquicos constantes e insoportables «sin posibilidad de alivio que la persona considere tolerable».
Los grupos, sin embargo, no aceptaron dos enmiendas de ERC que pretendían modificar de forma sustancial los requisitos civiles básicos para poder demandar la eutanasia, que básicamente son ser mayor de edad, ser capaz y consciente en el momento de la solicitud y que el demandante sea español o una persona con residencia legal en el país, para lo que tendrá que acreditar, mediante un certificado del padrón, llevar más de 12 meses en territorio nacional.
Fuente: Diario Sur