• 21 marzo, 2023 12:20 pm

El País Vasco se niega a realizar el Escrutinio General de las pasadas elecciones

Una vez más, las Juntas Electorales Provinciales (JEP), ahora en el País Vasco, se han negado a realizar el escrutinio general conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) y en la propia normativa electoral de la comunidad autónoma tras las elecciones generales del pasado día 12 de julio, todo ello con la pasividad, silencio y hasta complacencia de los representantes de todas las fuerzas políticas.

El acto de escrutinio general de los datos electorales del País Vasco, que debía dar comienzo ayer, 17 de julio, a las 10 de la mañana, conforme a lo dispuesto en la normativa, volvió a quedar reducido a una mera consulta para que los asistentes de las diferentes candidaturas pudieran exponer si tenían alguna acta que reclamar, en cuyo caso se procedería a la apertura del sobre correspondiente a dicha mesa para verificar el resultado.

Tanto en Álava como en Guipúzcoa y en Vizcaya optaron otra vez por no dar cumplimiento a la exigencia legal, corroborada en múltiples ocasiones por la Junta Electoral Central (JEC), de proceder a la apertura sucesiva de todos los sobres para efectuar el recuento y suma de los datos que figuran en las actas de papel.

De ese modo, las Juntas Electorales Provinciales ignoran una y otra vez en toda España la obligatoriedad inapelable de proceder a dicha tarea, para lo cual la normativa otorga hasta tres días de plazo, limitándose a validar sin acción alguna los datos electrónicos suministrados por el gobierno, que es la administración encargada de convocar y organizar cada proceso electoral en su ámbito.

Como es sabido, esa manera de proceder de las JEP de toda España fue severamente corregida en las elecciones autonómicas del año 2015 celebradas en Andalucía tras un recurso electoral presentado en solitario por VOX en la circunscripción electoral de Sevilla.

En aquella ocasión, la JEC obligó a repetir el escrutinio general de Sevilla conforme a la manera estricta que estipula la Loreg y no al modo que la JEP de Sevilla había denominado caprichosa y arbitrariamente como “método abreviado”.

La repetición del escrutinio de Sevilla en 2015 permitió detectar errores en los recuentos de varios miles de votos y puso de manifiesto otros “errores aritméticos” que en el caso de la provincia de Jaén alcanzaron la cifra de 20.000 votos. No obstante, dicha repetición del escrutinio volvió a celebrarse de manera poco ortodoxa, no ajustándose a lo dispuesto en la norma, por cuanto se limitó a cotejar los datos de las actas de papel con los que figuraban en los ordenadores del Gobierno, pero sin que la administración electoral efectuase las sumas de los resultados, tarea que se dejó en manos de los ordenadores del propio gobierno, lo cual motivó un nuevo recurso de Vox que esta vez fue desestimado porque se presentó fuera del plazo estipulado por la propia Ley

En la jornada de este viernes, 17 de julio, las JEP de las tres provincias vascas dieron por finalizadas sus respectivas sesiones de escrutinio a lo largo de la misma mañana en que se abrió dicha sesión, tiempo absolutamente insuficiente para efectuar la tarea de apertura y comprobación de los resultados de todas las actas de papel, que es lo que la Loreg dispone y lo que la JEC repetidamente viene ordenando de manera taxativa sin que le hagan el menor caso.

Tras el recuento del voto por correo que llega desde el extranjero (lo que se conoce como votos del CERA), las JEP han de proceder, según la Ley, a abrir sucesivamente todos los sobres que contienen las actas de papel y efectuar el recuento y suma con sus propios medios, no mediante comprobación de los datos en los ordenadores que presta la administración convocante y organizadora de las elecciones.

De hecho, la ley no menciona en ningún caso la presencia ni existencia de tales medios electrónicos y la única encomienda a las JEP se apoya en la verificación y validación de las actas de papel, que, como vemos, a menudo ni se abren siquiera, dejando así abierta la posibilidad a cualquier clase de amaño electrónico que resultaría absolutamente indetectable por la mera dejación de quienes tienen encargada la tarea de vigilancia, verificación y validación de los votos emitidos en cada colegio electoral que figuran en las actas.

En el día de ayer, la JEP de Álava dio por cerrada la sesión de escrutinio antes del mediodía, produciéndose la curiosa incidencia de que el recuento de votos del CERA fue suficiente para otorgar un diputado más al PP en el Parlamento vasco, en detrimento de Bildu, que era quien se lo había asignado inicialmente. En todo caso, no se procedió a la apertura de todas las actas, como así lo denunció la Plataforma Elecciones Transparentes, una asociación cívica que preside Pilar Baselga .

En las JEP de Guipúzcoa y Vizcaya, la situación fue aún más grave, por cuanto no sólo no se abrieron los sobres que contienen las actas de papel, sino que impidieron la entrada a las personas y reporteros acreditados previamente ante ambas juntas electorales, lo cual supone una anomalía muy grave por cuanto las sesiones de escrutinio general están catalogadas por la Loreg como “acto público” y, por tanto, de libre acceso para todo ciudadano. Este hecho ha llevado a la Plataforma a presentar sendas denuncias ante el juzgado de guardia correspondiente y valora la presentación de denuncias en las tres provincias por la presunta comisión de un delito electoral por parte de las JEP al negarse a celebrar el escrutinio conforme a lo estipulado.

Ante esta situación, continúa siendo inexplicable la actitud sumisa y remisa a denunciar los hechos de todos los partidos políticos, que hacen dejación en sus funciones de recurrir lo que a todas luces constituye un flagrante incumplimiento de la Ley Orgánica y de la normativa vigente en cada comunidad autónoma y que podría conllevar graves sanciones para sus autores, además de la repetición (o más bien, realización, porque no se han celebrado) de los escrutinios generales de cada provincia.

Ni siquiera VOX, que fue la organización que, como ya se ha dicho, en 2015 en Andalucía destapó el pervertido sistema que se viene empleando, promueve ahora los imprescindibles recursos legales que harían posible el cumplimiento estricto de la Ley, sin que nadie logre ofrecer una explicación realista de este cambio de actitud que permite obviar la Ley y excusa la comprobación necesaria de los datos electorales, puesto que sin dicha tarea de comprobación, los datos sólo pueden ser los que ofrezca el gobierno de turno, que es quien controla y maneja los ordenadores de la empresa a la que contrata para el tratamiento y transmisión electrónica de los mismos.

Fuente: El Diestro

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.